Normativa equipos a presión (R.D. 2060/2008, BOE 5/02/2009) 2ª Parte

  • Normativa equipos a presión (R.D. 2060/2008, BOE 5/02/2009) 2ª Parte

    Normativa equipos a presión (R.D. 2060/2008, BOE 5/02/2009) 2ª Parte

    Siguiendo nuestra labor de informar a nuestros clientes, continuamos con la serie de FAQ´s destinadas a solventar vuestras dudas.

    ¿Qué tipos de pruebas hay que hacer y con qué periodicidad?

    Como ya explicamos en nuestra Air News de Noviembre´14, los equipos hay que clasificarlos en cuatro categorías. Una vez conozcamos la clasificación de nuestro equipo la periodicidad será la siguiente:

    ¿Quién está autorizado a realizar cada prueba?

    Las pruebas A deben ser realizadas por una empresa instaladora, por el fabricante o por un organismo de control autorizado (OCA).
    Las pruebas B deben ser realizadas por un organismo de control autorizado (OCA) o por una empresa instaladora siempre y cuando PxV<5.000. Las pruebas C deben ser realizadas por un organismo de control autorizado (OCA).

    ¿En qué consiste cada prueba?

    Prueba A: Consiste en una comprobación de la documentación y una completa inspección visual de todas las partes sometidas a presión.
    Prueba B: Además de una prueba A se comprobarán los espesores y se comprobará o sustituirá los accesorios de seguridad.
    Prueba C: Además de una prueba B se realizará una prueba de presión hidrostática.

    En todos los casos se emitirá un correspondiente certificado detallando las actuaciones realizadas y en el caso de las pruebas B y C se procederá a anotar sobre la placa la fecha y el tipo de inspección realizada.

    (Puedes ver la primera parte AQUÍ)

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    Rocío Villaluenga

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